Micelio
Auto26 de noviembre de 2020

A- de 2020

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Hugo Palacios Mejia

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda De Inconstitucionalidad
  • Procedencia
  • Se revoca auto recurrido y, en consecuencia, se admite la demanda
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

En el auto de rechazo la magistrada sustanciador consideró que, respecto de los requisitos de aptitud sustantiva se observa que, una vez más, la impugnación carece de las exigencias advertidas en el auto de inadmisión, relacionadas con el cumplimiento de los requisitos de claridad, especificidad, pertinencia y suficiencia.

La Sala Plena consideró que no le asistió razón a la Magistrada sustanciadora al señalar que la fundamentación de la censura efectuada por el accionante no era pertinente, específica y suficiente.

En tal virtud, la Corte no prohíja lo expuesto en la providencia suplicada porque los argumentos expuestos por el demandante sí sustentaron adecuadamente los cargos formulados.

Se REVOCA el auto recurrido y, en consecuencia, se remite la demanda de la referencia a la magistrada sustanciadora inicial, para que continúe con su proceso de admisión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR el auto del 26 de octubre de 2020, proferido por el despacho de la Magistrada Diana Fajardo Rivera, en el proceso D-13892, mediante el cual se rechazo la demanda presentada por el ciudadano Hugo Palacios Mejia contra el articulo 6 de la Ley 393 de 1997, el articulo 15 de la Ley 472 de 1998 y los numerales 16 del articulo 152 y 10 del articulo 155 del Codigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo contenido en la Ley 1437 de 2011.
  2. SEGUNDO. REMITIR la demanda de la referencia a la magistrada sustanciadora inicial para que continue con el proceso de admision de la demanda, de conformidad con el presente proveido.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.